Calle Uno Norte 963 oficina 103, entre las calles Dos y Tres Oriente, en la ciudad de Talca.
Primera Notaría de Talca
“Atención rápida, segura y confiable”
Nosotros
La Primera Notaría de Talca es una institución comprometida con la legalidad, la transparencia y la seguridad jurídica de nuestros usuarios. Brindamos atención profesional, cercana y eficiente, respaldando cada trámite con rigurosidad y responsabilidad.
Nuestro equipo trabaja con vocación de servicio, garantizando procesos claros, orientación oportuna y cumplimiento estricto de la normativa vigente. Nos enfocamos en entregar confianza y tranquilidad a cada persona que acude a nuestras oficinas.
Misión
Otorgar servicios notariales con excelencia, rapidez y seguridad jurídica, asegurando una atención accesible y eficiente para la comunidad de Talca y sus alrededores, contribuyendo al correcto desarrollo de actos y contratos conforme a la ley.
Visión
Ser reconocidos como una notaría líder en la Región del Maule por nuestra eficiencia, transparencia y calidad de atención, incorporando mejoras continuas en nuestros procesos para ofrecer un servicio moderno, confiable y orientado a las necesidades de nuestros usuarios.
Funcionarios de la Notaría
Conoce al equipo que forma parte de la atención y gestión documental de nuestra notaría, comprometido con un servicio serio, ordenado y confiable.
Segundo Pereira Carvajal
Estafeta
Marta Hernandez de la Fuente
Funcionario Documentos Privados
Hilda Ferrada Hasbun
Funcionario Documentos Privados
Carmen Vidal Mureira
Funcionario Escrituras Públicas
Marjorie Ulloa Dorador
Cajera
Angie Arenas Rebolledo
Funcionario Escrituras Públicas
Marianela Moya Bustamante
Funcionario Escrituras Públicas
Matias Chamorro Letelier
Funcionario Documentos Privados
Isabel Carreño Arenas
Auxiliar de Aseo
Claudio Hernandez Bravo
Funcionario Escrituras Públicas
Francisca Corveleyn Olave
Funcionario Documentos Privados
Ulices Duran Faundez
Funcionario Documentos Privados
Cristian Contreras Gutierrez
Funcionario Escrituras Públicas
Maria Angelica Ramirez Fuentes
Notaria Interina
Documentos privados
Transferencia vehículos motorizados:
- Certificado de inscripción y anotaciones vigentes (del día)
- Certificado de multas (del día)
- Permiso de circulación (al día)
- De ser en representación la respectiva personería.
Carta poder de venta de vehículo:
- Certificado de inscripción y anotaciones vigentes (del día)
Contrato de arrendamiento:
- Certificado de dominio vigente.
- De ser en representación la respectiva personería.
- Si es para uso comercial además debe contar con el rol de avalúo.
Si es contrato agrícola debe contar con 2 testigos
Ratificación de finiquitos:
- Finiquito en triplicado
- Tres últimas liquidaciones de sueldo (o las que apliquen)
- Cotizaciones previsionales de afp y salud del periodo trabajado.
Cualquier actuación que sea en representación se debe acreditar la respectiva personería o documentación vigente.
Cualquier actuación que sea en relación con bienes inmuebles se debe acreditar dominio vigente.
Cualquier actuación que sea en relación con vehículos motorizados se debe acreditar con certificado de anotaciones vigentes del día.
Cualquier actuación que sea en relación a menores de edad el respectivo certificado de nacimiento y/o su equivalente con los antecedentes de los padres.
Contratos para extranjeros:
- Vigencia: La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, solo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite.
- Régimen Provisional: Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones pertinentes y entregarlas a las instituciones correspondientes.
- Para sueldos superiores a 13,5 UTM
- el empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada. (referencia: UTM – SII)
- CLAUSULA DE VIAJE: “El empleador se compromete a pagar, al término de la relación laboral (ya sea por término de contrato, despido o renuncia), el pasaje de regreso del trabajador y los miembros de su familia que se estipulen, a su país de origen o al que oportunamente acuerden las partes, conforme a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 37 del D.S. N° 597 de 1984. Esta obligación del empleador existirá hasta que el extranjero salga del país u obtenga nueva visa o permanencia definitiva”
Para cualquier actuación en el oficio notarial se debe acreditar identidad de forma legal:
- Cedula de identidad (original, vigente y en buenas condiciones)
- Pasaporte (original, vigente y en buenas condiciones)
- No son validos como dichos documentos, los comprobantes, fotos u otro.